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Adecuación de barrios Privados al régimen de Propiedad Horizontal

El colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires informó que se aprobó otra vía de adecuación menos exigente a la impuesta originalmente




contrato asociativo



La Inspección General de Justicia (IGJ) había dado 360 días para que aquellos clubes de campo, countries, y barrios privados organizados como asociación civil bajo forma de sociedad se adecuen al Régimen de Propiedad Horizontal Especial regulado por el Código Civil y Comercial.

La conversión a Propiedad Horizontal Especial es un trámite complicado y oneroso. Esto ponía entre la espada y la pared a varios desarrollos, puesto que de no cumplirlo podrían ser multados.

La ley permite que las asociaciones civiles (entidades sin fines de lucro) tomen la forma jurídica de sociedades si así lo eligen y conviene a su administración.Muchos clubes de campo, barrios privados, y countries tomaron esa estructura porque en ese momento todavía no existía una figura jurídica más apropiada para esos emprendimientos.

Recién con la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación, a partir de agosto de 2015, se introdujo la figura de la Propiedad Horizontal Especial, que contempla estos casos. Imponíendose que quienes no se adecuen en 360 días a esta nueva figura, podrán ser multados

De acuerdo al Colegio de Escribanos de la Ciudad, nuestras leyes contemplan la posibilidad de que las personas jurídicas se reorganicen y cambien de tipo, permitiendo de esta forma, que estas sociedades puedan modificar sus órganos de administración, gobierno y fiscalización para que sean los que corresponden a los consorcios de propiedad horizontal especial

El pasado 2 de Septiembre, la Inspección General de Justicia reconoció como válida la interpretación de las normas contenidas en el Código Civil y Comercial que acercó una comisión de escribanos del Colegio de Escribanos de la ciudad de Buenos Aires.

En ella, se propuso a la autoridad societaria permitir que los desarrollos que habían tomado la forma de asociaciones o sociedades adecuen su funcionamiento para que, en la práctica, no tenga mayores diferencias con el nuevo régimen, lo que representaría un avance comparado a la alternativa que significaría adecuar "desde cero" estos desarrollos al nuevo régimen.

De esta forma, estos desarrollos solamente deberán asegurarse de dictar reglamentos que les permitan funcionar "como si" estuviesen en el Régimen de Propiedad Horizontal Especial, algo muchísimo más asequible y menos oneroso.

"Creemos que esta propuesta de adecuación presentada por el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires acerca una solución útil para la problemática de los barrios privados". Señaló el escribano Carlos Allende, Presidente de la entidad notarial porteña.


© ReporteInmobiliario.com, 2003-2020, viernes 18 de septiembre de 2020

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